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Glosario de términos |
- Acreditación:
Autorización expedida a
una institución por intervalos de tiempo regulares por su cumplimiento con los
estándares aprobados de eficiencia y eficacia, juzgada por un grupo de personas
no involucradas.
-
Certificación:
3 tipos
- Primer tipo:
Reconocimiento formal a
cargo de un grupo establecido de colegas profesionales sobre un individuo en
una profesión o ámbito profesional (autocertificación).
- Segundo tipo:
Reconocimiento formal de
las aptitudes de un individuo a cargo de un cliente.
- Tercer tipo:
Reconocimiento formal a
cargo de un organismo independiente de colegas profesionales sobre las
aptitudes de un individuo en una profesión u organización profesional.
-
Panel
sobre las pautas de formación profesional:
Un grupo
integrado por individuos especializados en diferentes áreas que asistirán a la
Administración Federal de Seguridad de Autotransportes (FMCSA) en el desarrollo
de un plan de estudios de capacitación eficaz para los examinadores médicos.
-
Licencia:
Permiso otorgado a
un individuo por una agencia del gobierno para desempeñar una profesión u
ocupación determinada, una vez que el solicitante haya cumplido con los
estándares de aptitud.
-
Examinador
médico:
Un
examinador médico es una persona que posee una licencia, autorización y/o
registro, de acuerdo con los reglamentos y las leyes estatales aplicables, para
realizar exámenes físicos.
El término incluye a
médicos, médicos osteopáticos, auxiliares médicos, enfermeros de práctica
avanzada y médicos quiroprácticos.
-
Junta
de revisión médica:
Una
junta integrada por profesionales expertos en el campo de la salud nombrados
por el Secretario de Transporte para brindar asesoramiento especializado a la
FMCSA sobre cuestiones médicas relacionadas con los exámenes médicos y físicos
para la certificación y capacitación de los conductores de vehículos
comerciales, estándares y pautas para los examinadores médicos.
-
Registro
Nacional de Examinadores Médicos Autorizados:
Un programa diseñado
para capacitar examinadores médicos autorizados que posean conocimiento
absoluto de los estándares médicos estipulados en los Reglamentos de la
Administración Federal de Seguridad de Autotransportes y cómo éstos se
relacionan con las exigencias físicas y mentales que implica conducir un
vehículo comercial.
-
Participantes:
Aquellos que
participan o se involucran en la propuesta del NRCME, es decir, las
asociaciones u organizaciones médicas, etc.
-
Conferencia
de participantes:
Una reunión de duración destinada a promover la participación de organizaciones del
sector privado, especializadas en la capacitación y la experiencia médica en un
ámbito regulador.
- Conferencia de Presentación del Programa:
Una reunión de un
día de duración destinada a dar a conocer el NRCME a las posibles
organizaciones participantes y a los interesados, en la que se hace hincapié
como este programa contribuirá a la seguridad en las carreteras, y lograr la
participación de organizaciones del sector privado en el desarrollo y la
implementación del NRCME .
- Administración/Garantía de calidad:
Posee 3
características básicas
-
Conformidad
con los estándares aprobados de desempeño, la cual ha sido determinada según la
revisión hecha por un grupo de personas del mismo rango.
- Mejora
constante en la excelencia de las organizaciones involucradas mediante una
mejor planificación, y un desempeño eficiente y eficaz de las actividades
profesionales.
- Evaluación
constante de la calidad del desempeño profesional.
- Inscripción:
Listado voluntario
de los individuos que se autodenominan profesionales de algún tipo sin
consideración o aval de sus calificaciones.
- Estudio de descripción de funciónes:
Evaluación del
conocimiento, aptitudes y habilidades necesarias para que un individuo se
desempeñe en forma competente.
Establece además las
tareas que debería realizar un profesional para garantizar que los resultados
de sus decisiones no presenten un peligro para el público.
A este tipo de estudio
también se lo conoce como análisis de tareas, o algunas veces como análisis de
empleo.
- Personas interesadas:
Una persona o grupo
de personas interesadas en que el NRCME logre con éxito los
resultados deseados y mantenga la viabilidad de los productos y servicios del
Registro.
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